¿Por qué a los partidos periféricos españoles no les interesa una reforma del Senado?

Spanish_Senate

By Lcsrns [CC BY-SA 3.0 (https://creativecommons.org/licenses/by-sa/3.0)%5D, from Wikimedia Commons

El hecho que la reforma del Senado sea un elemento a analizar supone que, a mi entender, deberíamos preguntarnos: ¿cuál es el problema del “federalismo español?”. Ya sabemos que constitucionalmente España no es un estado federal, que incluso, tal y como apunta Josep M. Colomer, la expresión de «Estado de las Autonomías» no aparece en el texto constitucional. Pero a pesar de eso, nuestro sistema político y de organización se inspira en los modelos federales tradicionales. Si bien es cierto que el Estado de las Autonomías es el mejor reflejo de la plurinacionalidad y diversidad de España, este modo de descentralización no acaba de encajar dentro de los parámetros clásicos del federalismo. Éstos son “la combinación de auto regulación con regulación compartida”. En el caso español, las 17 CCAA pueden desarrollar autoregulación en ciertos dominios, mientras que en otros, la comparten con el Estado. El problema del “federalismo español” es el déficit que tiene el Estado de las Autonomías en el ámbito de la autoregulación a nivel nacional. (Colomer 1998:11) A duras penas las CCAA pueden contribuir a la formación de las políticas públicas nacionales debido a la falta de instituciones apropiadas.
Este último punto nos lleva a hablar del Senado como instrumento y herramienta de cooperación. Para el caso español, la cámara alta adolece de su poca representatividad territorial y de su falta de poder político efectivo, en favor del Congreso de los Diputados. Hay otros elementos de cooperación entre regiones como: el Tribunal Constitucional, el Consejo de Política Fiscal y Financiera, etc. Pero con el Senado fuera de juego (en el aspecto que no actúa como una institución de representación con influencia), la descentralización en España se ha basado en la competencia y el conflicto entre los diferentes gobiernos regionales, entre ellos y con el Estado (para conseguir más beneficios competenciales o económicos) en lugar de en la cooperación. Para Colomer se podría hablar de “la débil experiencia española” y como un federalismo más competitivo que consensual. Pero en España las regiones no compiten (como hacen los estados en EEUU) por captar capital y trabajadores cualificados ofreciendo menos impuestos y mejores políticas públicas. En nuestro país la competencia, como ya he apuntado, va en el sentido de obtener mayores transferencias de recursos financieros y legales procedentes del gobierno central.

Si partimos de la base que la competencia para nuestro modelo descentralizado, lo que conlleva no es a la eficacia administrativa (como sucede en el federalismo norteamericano), y por tanto, en un mayor bienestar y nivel de vida de los ciudadanos, sino una constante lucha de los gobiernos autonómicos por mejorar su situación (con el consecuente desequilibrio entre aquellas comunidades con más peso político que otras) y la tentación que supone para los gobernantes regionales el no tener que competir por ofrecer mejores servicios y menos impuestos, sino para que el gobierno central “abra más o menos el grifo” (aparición de la corrupción), quizá fuera necesaria la reforma del Senado como elemento que fomente realmente una cooperación territorial, y por ende, una mejora de la eficacia administrativa.
Así pues, la reforma del Senado con el objetivo de fomentar la cooperación territorial, para acabar con una competencia de los gobiernos regionales por los recursos, y no por la eficacia, sería un aspecto que beneficiaria. En definitiva, para los partidos periféricos sería beneficioso en términos de apoyo electoral, puesto que una buena gestión de lo público, repercutiría positivamente en la reelección al frente del gobierno regional. Esto último sería en el plano de lo ideal, o lo que debería de ser. Sin embargo, la realidad es tozuda, tal y como apunta Sandra León. Partiendo de este mismo federalismo competitivo derivado de un particular sistema descentralizador característico español, los partidos periféricos se han adaptado y actúan “racionalmente”, tal y como también lo hace el gobierno central. (León, 2009:57) La negociación política es la base del “progreso” dentro del estado español. Cada cierto tiempo se presenta como urgente renegociar el sistema de financiación (que es la gallina de los huevos de oro). En un marco institucional poco definido, en el que no hay instituciones fuertes (de cooperación como el Senado) el papel que juega cada agente dentro del sistema político tiene que ver con su poder y peso específico.
Si damos por bueno que progresar no equivale a eficiencia administrativa (porque no hay cooperación ni un Senado fuerte) sino que equivale a conseguir mayores transferencias por parte del Estado (en autogobierno y económicas), entonces lo que más les conviene a los partidos regionales es seguir ostentando su poder para negociar. Y eso tiene que ver con su capacidad de generar riqueza y mayor poder fiscal, pero también, con su disposición a dar estabilidad a los gobiernos nacionales (como fue el caso de nacionalistas catalanes o vascos). Así pues, una reforma del Senado, ¿conviene a los partidos regionalistas? Si dicha reforma sirve para despojarlos de ese “poder” para negociar, ya que es la única forma de seguir progresando, evidentemente, les perjudica. Fiarlo todo a la cooperación territorial, después de 40 años de desconfiar del resto de CCAA, pero sobre todo del Estado, parece una misión harto complicada, o cuanto menos, ingenua. Llegados a este punto parece que topamos con una paradoja: ¿es posible que a los que menos les interesa reformar el Senado sean precisamente aquellos partidos periféricos a los que esta institución debería representar, porque eso les despojaría de su poder específico para negociar?

 

Bibliografía referenciada:

Colomer, Josep M. «The Spanish ‘state of autonomies’: Non-institutional
federalism.» West European Politics 21.4 (1998): 40-52.

Sandra Leon. ¿Por qué el sistema de financiación autonómica es inestable?, REIS,
128.

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